LAS TOSCAS RATIFICA EL “NO A LA PIROTECNIA” Y RECUERDA QUE SOLO ESTÁ PERMITIDA LA DE USO LUMÍNICO

La Municipalidad de Las Toscas recordó a la comunidad que se encuentra plenamente vigente la Ordenanza N.º 22/19, normativa que regula el uso y la comercialización de pirotecnia en la ciudad, con el objetivo de proteger la salud de las personas, el bienestar animal, el ambiente y la convivencia social.

La ordenanza, que rige desde el año 2020, establece de manera clara que solo está permitida la pirotecnia sin estruendos, es decir, aquella que produce efectos exclusivamente lumínicos, como bengalas, estrellitas, fuentes, volcanes y artefactos giratorios, siempre que cumplan con la normativa nacional vigente.

LO QUE ESTÁ PROHIBIDO

Según lo dispuesto, está totalmente prohibido el uso de pirotecnia —con o sin ruido— en eventos públicos, al igual que la venta de estos productos a menores de 16 años. Estas restricciones buscan evitar situaciones de riesgo y reducir el impacto negativo que los estruendos generan en personas con hipersensibilidad auditiva, adultos mayores, niños, personas con discapacidad y animales.

SANCIONES PARA QUIENES INCUMPLAN

La normativa contempla sanciones severas para quienes violen la ordenanza, que incluyen multas económicas, decomiso de la mercadería, clausura de comercios e inhabilitaciones, según la gravedad de la infracción.

Desde el Municipio apelaron a la responsabilidad y el compromiso ciudadano, remarcando que una celebración sin pirotecnia sonora es una forma de cuidar al otro y de construir una ciudad más empática y ordenada.

“Entre todos, cuidamos la convivencia y el bienestar”, remarcaron desde la Municipalidad, bajo el lema #FiestasSinPirotecnia.

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