Fue reglamentada la Ley 14053 de Subdivisión de Inmuebles Rurales. En uno de sus puntos, esa normativa afectaba a los propietarios condóminos. Es decir, aquellas personas que tienen una propiedad en forma compartida.
Hasta ahora, ellos no podían realizar la división porque los lotes resultantes, no alcanzaban a constituir una unidad económica.
Con esta modificación, a partir del 1 de agosto y por 5 años, los condóminos pueden proceder a dividir su terreno compartido, y tener cada uno lo que le corresponde, con su escritura de propiedad.
En ese sentido, el senador Orfilio Marcón dijo: “Hemos trabajado mucho con el diputado Bastía, insistiendo para lograr esta sentida necesidad, y felizmente hoy vemos el resultado, que beneficia a numerosos propietarios en condominio”